Amigo, colega y colaborador de éste portal "Periodistech", es víctima de la censura por intolerancia política de dueños de medios vendidos al régimen de nicolás maduro, lo que no permite la reflexión clara sobre hechos.
Nota de Ypys Venezuela.
El director del medio le
notificó vía telefónica al comunicador que su columna ya no sería
publicada por órdenes expresas del dueño.
El periodista David Vera
Matute, denunció que su columna semanal “Algo de Cine” fue vetada en el diario
La Lupa, por órdenes expresas del dueño del medio. La columna que era publicada
todos los lunes en este diario de circulación impresa en todo el eje este del
estado Aragua, contenía en la edición de éste lunes 12 de diciembre, una
crónica sobre el documental “CAP 2 intentos” del cineasta Carlos Oteyza y la
opinión del periodista sobre la importancia de los hechos políticos y
económicos que marcaron los dos períodos presidenciales de Carlos Andrés Pérez
y la necesidad de que esta parte de la historia sea conocida por las nuevas
generaciones.
De acuerdo a lo señalado
por Vera Matute, si bien la columna salió publicada el lunes 12 de diciembre,
el director del medio Ronald Padrón le notificó telefónicamente el día
miércoles 14 de diciembre, que, por órdenes expresas del dueño del diario, Ali
Díaz, su columna ya no sería publicada más en el medio. Díaz habría señalado
que no permitiría en su diario, columnas en “donde se enaltezcan las gestiones
de Carlos Andrés Pérez”.
David Vera Matute, quien
tiene más de 3 años con su columna “Algo de cine” en otros medios digitales y
además posee un espacio radial en Victoria 103.9fm con el mismo nombre”,
llevaba cuatro meses publicándola en el diario impreso La Lupa. Nunca, hasta
ahora, había sido objeto de censura o veto alguno.
Esta alerta a la libertad
de expresión representa una censura interna sobre hechos de interés público por
temor a represalia oficial que vincula la acción de directivos de medios.
Entre el 1 de enero y el
15 de diciembre de 2016, IPYS Venezuela registra al menos 7 denuncias sobre
hechos de censura interna en medios de comunicación social del país.
El derecho a la libertad
de expresión y el derecho a la información se encuentran consagrados en
los artículos
57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, los cuales establecen que toda persona tiene derecho a la
comunicación libre y plural sin censura.
El numeral 5 de la Declaración de
Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados
Americanos (OEA) establece que la censura previa, la presión directa e
indirecta sobre cualquier expresión, información u opinión a través de los
medios de comunicación, deben estar prohibidas por la ley.