Demandan Aclarar Estado de Salud de Chávez


El abogado Juan Raffalli demandó hoy una aclaratoria formal sobre la salud de Hugo Chávez, ante la creciente incertidumbre sobre su ausencia en el gobierno.
Al respecto, Raffalli afirmó este viernes que tras más de una semana de la cuarta operación a Hugo Chávez por la recurrencia del cáncer que padece desde el año pasado, "no se puede seguir disfrazando con ropaje de normalidad la situación del presidente".
Raffalli enfatizó a periodistas que si Chávez tuviera una apendicitis y se conociera con certeza que viene en una semana, no tendría sentido hablar de repetir una elección presidencial, cuya realización, dijo, "es siempre traumática, costosa y trastorna.
Destacó que el 10 de enero es la única fecha expresa en la Constitución para que asuma el cargo, porque finaliza un mandato presidencial. Recalcó que si el Jefe de Estado se ausenta temporalmente por más de 90 días, debe asumir el presidente de la Asamblea Nacional (Congreso unicameral, Diosdado Cabello) y en 30 días convocar a elecciones.
Sin embargo, indicó que si se puede comprobar que Chávez puede encargarse de la Presidencia de Venezuela, luego de unos días, no es descabellado prorrogar la fecha para que asuma. Raffalli advirtió que parece que la incertidumbre es causada porque no hay una aclaratoria formal sobre una ausencia temporal o absoluta.
Consideró que la situación del presidente Chávez no se puede seguir disfrazando con un ropaje de normalidad, pues se encuentra delicado de salud y lo que sucede es que no se sabe que pudiera no regresar de Cuba para el 10 de enero.
La ex magistrada Cecilia Sosa, por su parte, dijo este viernes que "jurídicamente te respondo que el periodo constitucional es improrrogable. "No se puede prorrogar lo improrrogable. "Si el presidente no está en condiciones físicas o mentales para asumir la Presidencia el 10 de enero, lo que puede existir es un encargado de la Presidencia para que haya continuidad en la gobernabilidad del país".
La ex presidenta de la extinta Corte Suprema de Justicia sentenció que "el día después del 10 de enero, caen todos los cargos, ministros, etcétera, incluso el de vicepresidente y por eso es que asume el presidente de la Asamblea Nacional. "Pero él no sustituye a ningún presidente, porque ya el presidente no se ha juramentado, él es un presidente encargado de un cargo que está vacante", explicó.
Agregó que "para asentar la continuidad es que la Constitución prevé que se llame a elecciones dentro de los 30 días siguientes para resolver esa falta absoluta". Sosa destacó que la Sala Constitucional ya interpretó los artículos 230 y 231 de la Constitución.
"Esa sentencia es del 10 de mayo del 2001 y dice: "El inicio y la terminación del periodo constitucional es a un día exacto, 10 de enero, y que el artículo 231 no puede desaplicarse para mover esa fecha, porque sería inconstitucional".
También dice que el 10 de enero concluye el periodo, en este caso del presidente Hugo Chávez, y "se inicia el del presidente electo, que en caso de no presentarse el 10 de enero, por problemas de salud, se activarán los mecanismos para declarar su falta absoluta", señaló.

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