Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV)


El Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV) está conformado por el ahorro voluntario de los usuarios del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, que se encuentren o no se encuentren bajo una relación de dependencia laboral.
Viviendas en Venezuela
Viviendas en Venezuela
El Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda(FAVV) se conforma esencialmente por el ahorro voluntario de cualquier usuario, es decir, personas con o sin relación de dependencia, en las cantidades que ellos establezcan de manera potestativa. Estos usuarios pueden estar incluso aportando o haber aportado al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), pues no se establece discriminación alguna en ese sentido. 
La diferencia fundamental entre el FAVV y el FAOV se encuentra en que este último aplica de forma obligatoria en toda relación de dependencia laboral, en tanto que el FAVV es un ahorro voluntario de cualquier individuo.
Según la Ley de Vivienda y Hábitat, los usuarios que participen en el ahorro voluntario también podrán usar los fondos para el financiamientocompraconstrucciónsustituciónrestitución,reparación o remodelación de su vivienda principal; el refinanciamiento o pago de hipoteca; o para cualquier otra actividad relacionada con el objeto de la Ley, incluso podrán cederlos total o parcialmente, por ejemplo, a sus familiares más cercanos, quienes también los recibirían en caso de fallecimiento del trabajador.
El Fondo de Ahorro Voluntario (FAVV) se encuentra establecido en el capítulo IV, Título III, de laLey de Vivienda y Hábitat promulgada mediante el decreto N° 6.072 con Rango, Valor y Fuerza de Ley (Ley Habilitante 2008) y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.889 el 31 de julio de 2008. El FAVV, junto al Fondo de Ahorro Obligatorio (FAOV), reemplazan la figura hipotecaria establecida en la derogada Ley de Política Habitacional.

Aporte Mensual 

El aporte mensual que el Ahorrista Habitacional voluntario deberá realizar es del 3% de sus ingresos totales mensuales, los cuales no podrán ser inferiores a un salario mínimo.

FAOV en Línea

Para comenzar a cotizar en el FAVV, el Ahorrista Habitacional deberá ingresar al Sistema FAOV en Línea a través de la página Web del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat: www.banavih.gob.ve, a fin de realizar la afiliación correspondiente ingresando la cédula de identidad y el Registro de Información Fiscal (RIF), junto a otros datos personales.
Una vez registrado en FAOV en Línea, se imprimen las planillas de pago y se usan para realizar los depósitos en la banca nacional (Banesco, Banco Mercantil, Banco de Venezuela, Banco Occidental de Descuento, etc.). El operador financiero recibe y procesa el pago de los aportes mensuales o aportes pendientes del ahorrista habitacional, y envía al Banavih el pago recibido a través de un archivo de transferencia de aportes.

Créditos Hipotecarios 

Para optar por un crédito habitacional por FAVV se requieren al menos 12 cotizaciones al fondo. No obstante, los ahorristas voluntarios que no posean las 12 cotizaciones, podrán cancelar en una sola oportunidad los aportes faltantes necesarios para optar al crédito.
Los créditos hipotecarios por FAVV, al igual que con FAOV, son relativos al ingreso familiar mensual (ver: Escala de ingresos para créditos hipotecarios) y pueden llegar a cubrir el 100% del valor de la vivienda. También son aplicables los subsidios habitacionales del estado.
El ahorrista voluntario, una vez que sea beneficiario con un crédito hipotecario, deberá cancelar sus aportes al FAVV mensualmente durante toda la vida del crédito, hasta la liberación de la hipoteca.

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