Escalas del Subsidio Habitacional FAOV


El subsidio habitacional (FAOV) en Venezuela, vigente para los años 2011 y 2012, se encuentra establecido a través de escalas relativas al ingreso familiar mensual, de un porcentaje sobre el valor de la vivienda que puede llegar a ser del 100%.
Viviendas de interés social
Viviendas de interés social
El subsidio habitacional se trata de una "ayuda" financiera de interés social en la que el estado aporta todo o una parte de la obligación monetaria del deudor sobre la adquisición de una vivienda principal bajo la figura del Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda (FAOV). En pocas palabras, en los casos previstos por la ley, toda o una parte de la cuota mensual del crédito habitacional por FAOV la cubre el estado.
En fecha 19 de julio de 2011 fue publicada en Gaceta Oficial Nº 39.716 y entró en vigencia una resolución del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat  en la que se establecieron las escalas de ingresos para optar por créditos hipotecarios, los montos máximos que pueden ser asignados a dichos ingresos y la escala del subsidio habitacional.
Según la nueva escala del subsidio habitacional, aquellas familias con ingresos menores a un salario mínimo pueden contar con un subsidio de hasta el 100% del valor de la vivienda (temporal), mientras que aquellas familias con ingresos de exactamente un salario mínimo podrán contar con un subsidio de hasta el 80% del valor de la vivienda. La escala es proporcional y termina en ingresos de hasta 4 salarios mínimos con un subsidio del 2,58%.
A partir de 4 salarios mínimos el subsidio habitacional está descartado.

Nueva tabla del Subsidio Habitacional

Ingreso Familiar Mensual
(Salarios Mínimos)
Subsidio Habitacional
(% del valor de la vivienda)
Menos de 1100% temporal
180%
1,177.42%
1,274.84%
1,372.26%
1,469.68%
1,567.10%
1,664.52%
1,761.94%
1,859.35%
1,956.77%
254.19%
2,151.61%
2,249.03%
2,346.45%
2,443.87%
2,541.29%
2,638.71%
2,736.13%
2,833.55%
2,930.97%
328.39%
3,125.81%
3,223.23%
3,320.65%
3,418.06%
3,515.48%
3,612.90%
3,710.32%
3,87.74%
3,95.16%
42.58%
Más de 4 salarios mínimos0.00%
Monto máximo del valor de la Vivienda: 270.000 Bolívares.
La nueva escala de porcentajes del subsidio habitacional es un avance en comparación con la escala anterior que no era establecida en porcentajes del valor del inmueble sino en montos determinados, con un tope de 46.000 bolívares. No obstante, para optar por el subsidio, el monto máximo del valor del inmueble no debe superar los 270.000 bolívares.
En los casos que se otorgue el 100% del subsidio temporal en función al precio de venta máximo de la Vivienda, el subsidio otorgado será sujeto a revisión en el lapso de 2 años, momento en el cual se evaluarán las condiciones financieras del grupo familiar y se establecerá el monto de financiamiento del crédito hipotecario.

Cuota inicial del préstamo hipotecario

Aquellas familias con ingresos mensuales menores a 2 salarios mínimos no tendrán que pagar una cuota inicial para adquirir la Vivienda, por lo que el crédito podrá abarcar hasta el 100% del valor del inmueble. Aquellas familias con ingresos de 2 salarios mínimos o superiores deberán pagar una cuota inicial según la escala establecida en la resolución.
Ingresos: Menos de 2 SM Entre 2 y 3 SM Entre 3 y 4 SM Entre 4 y 5 SM Más de 6 SM
Cuota: 0% 2% 5% 10% 20%
Los ingresos son relativos al rango de Salarios Mínimos (SM) que genere una familia. La cuota es referente al Porcentaje (%) sobre el valor total de la Vivienda.
De esta forma, además del subsidio habitacional, los préstamos hipotecarios podrán ser otorgados hasta por cantidades de hasta el 100% del valor del inmueble dado en garantía, según el avalúo que se practique y de acuerdo con el ingreso familiar mensual.

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