Tablas y detalles sobre las tarifas del Impuesto sobre la Renta (ISLR) aplicables para Personas Naturales o Personas Jurídicas, según sus ingresos en unidades tributarias.
Tarifas del ISLR
Retomando el tema del ISLR, este consiste en elimpuesto sobre los enriquecimientos anualesobtenidos por personas naturales o jurídicas, residente o domiciliada en la República, sea que la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él. En el caso de aquellas personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República, estarán sujetas al ISLR siempre que la fuente de sus enriquecimientos se encuentre dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija.
En el caso de las personas naturales, deben declarar aquellas que tengan durante el año fiscal más de 1.000 unidades tributarias de ingresos por enriquecimiento neto, o si no se cumple esta condición, deben declarar aquellas que tengan más de 1.500 unidades tributarias de ingresos brutos (ver:Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto); si ninguna de estas condiciones se da la persona no está obligada a declarar el ISLR. Por otro lado, todas las personas jurídicas (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) que no se encuentren expresamente exentas por la ley (ver: Exenciones al ISLR), están obligadas a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos.
La tarifa del ISLR es aquella cifra porcentual que se aplica al enriquecimiento neto anual de una persona natural o jurídica, no exenta o exonerada (ver: Exenciones vs. exoneraciones), para determinar el monto que deberá pagarle al fisco nacional por sus ganancias. Para determinar la tarifa primero es necesario pasar a unidades tributarias el enriquecimiento gravable (en el caso de personas naturales) o la renta neta mundial gravable (en el caso de personas jurídicas). Para convertir bolívares a unidades tributarias se dividen los bolívares entre el valor actual de la unidad tributaria (ej: Bs. 100.000,00 / 96,00 = 687,5 unidades tributarias) (UT: 2009, 2010, 2011, 2012).
Tarifas del ISLR
Fracciones de Unidades Tributarias | Tarifa |
Fracción comprendida hasta 1.000,00 | 6,00% |
Fracción que exceda de 1.000,00 hasta 1.500,00 | 9,00% |
Fracción que exceda de 1.500,00 hasta 2.000,00 | 12,00% |
Fracción que exceda de 2.000,00 hasta 2.500,00 | 16,00% |
Fracción que exceda de 2.500,00 hasta 3.000,00 | 20,00% |
Fracción que exceda de 3.000,00 hasta 4.000,00 | 24,00% |
Fracción que exceda de 4.000,00 hasta 6.000,00 | 29,00% |
Fracción que exceda de 6.000,00 | 34,00% |
Personas naturales no residentes en el país | 34,00% |
Fracciones de UT o actividades aconómicas | Tarifa |
Fracción comprendida hasta 2.000 unidades tributarias | 15% |
Fracción entre 2.000 UTs hasta 2.000 UTs | 22% |
Fracción que exceda de 3.000 UTs | 34% |
Enriquecimiento neto por créditos concedidos por bancos exteriores no domiciliados en el país | 4,95% |
Empresas de seguros y reaseguros | 10% |
Explotación de hidrocarburos y actividades conexas | 50% |
Explotación de minas y actividades conexas | 60% |
Sobre las tarifas del ISLR aplicables se debe restar el sustraendo, esto es, aquellos montos que se restan por concepto de desgravámenes, rebajas, o créditos permitidos por la ley.